A) En el caso de que cualquiera de los beneficiarios tuviera síntomas, se trata de ASISTENCIA SANITARIA, así que tras AISLARSE:
A.1) Si es de entidad concertada, debe llamar al médico o centro de urgencias de su entidad, según síntomas, que será la que haga evaluación de su caso. Si se prescribe la prueba, debe pedir prescripción e informe al médico para solicitar la autorización a dicha entidad.
A.2) Si es de opción pública, debe llamar a su centro de salud o los teléfono de salud pública de su comunidad autónoma (canarias 900 112 061).
A.2) Si es de opción pública, debe llamar a su centro de salud o los teléfono de salud pública de su comunidad autónoma (canarias 900 112 061).
B) Si ha sido contacto estrecho de un caso sospechoso o confirmado, habiendo siendo comunicado como tal, será el Servicio Canario de la Salud quien se pondrá en contacto con ustedes para determinar las medidas a seguir en cada caso y según protocolo autonómico, independientemente de su adscripción.
Si este contacto no se ha producido en los dos primeros días llame a los teléfonos específicos de su servicio público de salud para que se valore su caso y se realicen las pruebas, si proceden. En cualquier caso debe aislarse, y tenga en cuenta que se trata de vigilancia epidemiológica y según la DA Cuarta apartado 1 de la Ley 16/2003, de cohesión y calidad del SNS, la competente en todo caso es Salud Pública de cada Comunidad Autónoma.
Si el contacto se ha producido en el ámbito laboral, se deben seguir las indicaciones del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la ULPGC.
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