jueves, 25 de abril de 2013

Con las reformas de Wert el peligro es nuestra propia pasividad

No dejaremos de insistir en ese mensaje: "El mayor peligro no son las reformas de Wert, sino nuestra propia pasividad"

Sobre todo cuando el ministro esta jugando "al despiste", intentando relajar nuestras protestas: a comienzos de 2012 anunció una reforma en profundidad de las universidades y designó a una comision (los famosos "expertos de Wert") para elaborar un documento base; en el camino comienza esa reforma mediante el RDL 14/2012 modificando la dedicación docente del PDI e incrementando brutalmente el importe de las Tasas académicas; un año después entrega el informe de "sus expertos" a los Rectores y les dice que es un documento mas y que no tiene fecha para la reforma, que no hay prisa y que solamente serán unas ligeras modificaciones a la LOU; un par de semanas después, en idéntica reunión con las Comunidades autónomas les informa que tienen dos meses para hacer propuestas y que en junio se discutirá la reforma de la LOU...

Por eso, para permitir una respuesta adecuada, anticipada y organizada ante las posibles reformas de la LOU, debemos aprovechar la oportunidad que ha brindado el Consejero de Educación del Gobierno de Canarias cuando ha invitado a los dos rectores de las universidades canarias para que le hagan llegar propuestas y consensuarlas. De forma que se puedan trasladar a los dos entornos de debate que el Ministro ha anunciado: una con los rectores y otra con los consejeros de las Comunidades autónomas.

Con el objetivo de facilitar la comprensión de lo que significan algunas de las reformas de Wert hemos confeccionado un cuadro comparativo  con la situación actual.




martes, 16 de abril de 2013

Buen ritmo en las negociaciones del Convenio colectivo del PAS laboral

Mientras la patronal y la mayoría de las Administraciones públicas mantienen bloqueadas las negociaciones de los Convenios colectivos, el del PAS laboral de las universidades canarias marcha a buen ritmo

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Desde que se logró el acuerdo de reinicio en las negociaciones para evitar que el Convenio colectivo prorrogado "decaiga" como consecuencia de la reforma laboral del gobierno de Rajoy, se han celebrado hasta la fecha un total de 4 reuniones con las universidades, además de las necesarias reuniones previas en la parte social. Todo ello ha servido para lograr un buen ambiente de trabajo y avanzar en la mayoría de los temas.

En este sentido resaltar que ya en el inicio de la negociación se había acordado, para agilizar las discusiones, agrupar los diferentes "Títulos" del Convenio en una serie de Bloques de temas afines y, además, se ha formado una Comisión Técnica más reducida que ha logrado avanzar rápidamente y con reuniones presenciales que son mucho más efectivas.

Este buen ritmo de negociación contrasta con el panorama general del resto de las empresas, tanto públicas como privadas: la gravedad de la situación general, en cuanto al decaimiento de los convenios, es de tal magnitud que los sindicatos ya han empezado a preparar una movilización especial con motivo del "1 de Mayo" centrada en la negociación de los convenios y a la que se invita especialmente a todos los trabajadores y trabajadoras afectados por el bloqueo de su negociación.

Es evidente que las empresas están intentando sacar de fecha las negociaciones para que sus trabajadores/as queden sin la protección de Convenio colectivo y regulados, exclusivamente, por el Estatuto de los Trabajadores. Además, los pocos casos en los que se mantienen reuniones, la patronal utiliza el miedo al decaimiento para forzar acuerdos que recortan drásticamente lo conseguido en Convenios anteriores.

CCOO ha presentado una propuesta a la ministra de Empleo, Fátima Báñez, para evitar que decaigan miles de convenios cuando el próximo 8 de julio finalice la llamada 'ultraactividad' (prórroga automática de un convenio en ausencia de otro cuando finaliza su vigencia): Publicar un RDL urgente prorrogando un año mas la 'ultraactividad' para seguir negociando los convenios.
Por eso, junto con el llamamiento a participar unitaria y masivamente en el primero de Mayo, CCOO esta desarrollando diversas medidas para facilitar la negociación: desde la elaboración de documentos que permitan afrontar las discusiones con una base sólida de conocimiento sobre las nuevas limitaciones legales (una Guía editada en Cuadernos de Acción Sindical), Jornadas de formación intensiva dirigida a sindicalistas que intervienen en la negociación colectiva y procesos de coordinación entre sectores.

martes, 9 de abril de 2013

Deducción cuota sindical en el IRPF

Recuerda que puedes deducir tu cuota sindical en la declaración de la Renta

Todos los afiliados y afiliadas a un sindicato pueden deducir la cuota de afiliación en la declaración anual de la renta, como así lo estipula la ley del IRPF. Esta deducción puede suponer un ahorro en la cuota de entre el 20 y el 35% según los casos.

La cantidad a deducir hay que ponerla en el espacio reservado a "Cuotas satisfechas a sindicatos" [casilla 011] del impreso oficial (digital o en papel) del IRPF. 

A continuación te mostramos de forma gráfica como añadir tu desgravación al borrador de Declaración por internet. 

Nota importante: No es necesario disponer del certificado de cuotas pagadas en el momento de hacer la declaración, es suficiente con que recuerdes el importe anual (en el caso de que la Agencia Tributaria te lo solicite puedes contactar con tu sindicato y te proporcionará un Certificado oficial).


Primero hay que acceder a la pantalla de introducción de datos desde este botón de "+"
Aquí introducimos la cuantía anual de la cuota sindical y le damos a "Aceptar"
Finalmente nos mostrará la pantalla con los datos ya modificados

miércoles, 3 de abril de 2013

Los sindicatos reclaman contra la supresión de la Paga Extra de 2012

Novedades 29 y 23 de julio: Una vez terminados los procesos de reclamación previa y de mediación obligatoria, los sindicatos presentarán la reclamación definitiva en los juzgados 

PUBLICADO EL 30 DE JULIO: 
Ayer, día 29 de julio, se celebró el segundo acto de mediación obligatoria que también terminó sin acuerdo, por lo que ya queda abierta la vía judicial.

El proceso de reclamación contra la supresión de la paga extra de las pasadas Navidades ha sido especialmente largo.

En primer lugar porque el objetivo era buscar la fórmula correcta para garantizar que se podía ganar la sentencia en los juzgados, por lo que hemos tenido que esperar a conocer las primeras sentencias sobre casos similares (en nuestro caso, la presentada por el PAS laboral de las universidades de Madrid) para elaborar una reclamación consistente. Sobre todo teniendo en cuenta que en el caso del personal de administración y servicios laboral de las universidades "devengamos" la paga extra desde el día 1 de enero, por lo que el resultado significaría cobrar un poco más de la mitad de la misma (en el resto de las administraciones solamente devengan a partir del 1 de junio, lo que únicamente supone un 25%).

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En primer lugar porque el objetivo era buscar la fórmula correcta para garantizar que se podía ganar la sentencia en los juzgados, por lo que hemos tenido que esperar a conocer las primeras sentencias sobre casos similares (en nuestro caso, la presentada por el PAS laboral de las universidades de Madrid) para elaborar una reclamación consistente. Sobre todo teniendo en cuenta que en el caso del personal de administración y servicios laboral de las universidades "devengamos" la paga extra desde el día 1 de enero, por lo que el resultado significaría cobrar un poco más de la mitad de la misma (en el resto de las administraciones solamente devengan a partir del 1 de junio, lo que únicamente supone un 25%).

Pero, además, también nos hemos retrasado buscando que el proceso fuera desarrollado en el máximo clima de unidad sindical, posibilitando que la reclamación se llevará conjuntamente por Intersindical Canaria, UGT y CCOO ante la Comisión Paritaria como parte del proceso previo de reclamación. Que es obligatoria de acuerdo con el artículo 11.5 del Convenio Colectivo sobre competencias de la Comisión Paritaria: "d) Conocer e informar cualquier conflicto colectivo derivado de la aplicación e interpretación del Convenio, con carácter previo a la solución judicial o extrajudicial de Conflictos Colectivos."

El siguiente paso, también obligatorio, ha sido el proceso denominado "de mediación" ante el Tribunal Laboral Canario que, como era previsible, ha terminado sin acuerdo con las universidades. En este caso se han formalizado dos reclamaciones por separado como consecuencia de discrepancias entre las asesorías jurídicas de los sindicatos a la hora de elaborar el documento de Conflicto colectivo. La primera comparecencia de mediación se produjo el pasado 18 de julio a iniciativa de UGT con la adhesión de Intersindical Canaria y CCOO, y la segunda fue ayer mismo a iniciativa de Intersindical Canaria con la adhesión de CCOO.

En la primera reunión de mediación no se presentó la ULPGC y el representante de la ULL manifestó que "se opone a lo solicitado en el escrito de iniciación de conflicto colectivo por los motivos que expondrá en el momento procesal oportuno", mientras que en la segunda reunión de mediación no compareció ninguna de las dos universidades, de forma que ya se puede iniciar la presentación del Conflicto colectivo ante los juzgados de lo social. Lo que previsiblemente se hará a lo largo de esta semana.


PUBLICADO EL 23 DE JULIO
La semana pasada se ha celebrado el proceso obligatorio de mediación ante el Tribunal Laboral Canario culminando "sin avenencia", tal como consta en el Acta.

Como ya informamos el pasado día 12 de junio [ver más abajo], el primer paso en el proceso de reclamación por medio de conflicto colectivo fue elevar la petición a la Comisión Paritaria del Convenio, donde fue rechazado por las universidades.  

Montaje gráfico uniendo las dos páginas del Acta 
El paso previo a la demanda judicial es la mediación ante el Tribunal Laboral Canario, donde tampoco se llegó a acuerdo con las Universidades ("sin avenencia" es la denominación formal), tal y como se podía esperar.

El siguiente paso es presentar la demanda por vía judicial. Aunque los sindicatos hemos llegado a un acuerdo unitario para reclamar la paga extra, tal y como se plasmó ante la Comisión Paritaria, cada una de las asesorías jurídicas de los sindicatos han hecho hincapié en algunos matices y aspectos diferenciadores que consideran necesarios, lo que genera la necesidad de dos demandas de forma simultanea.

Para garantizar el mantenimiento de este proceso unitario, los sindicatos que no firmen la demanda correspondiente se personarán adhiriéndose a la misma, como ha sucedido ya en el proceso de mediación. 

A lo largo de esta semana se prevé que se celebre la mediación por la segunda demanda.



PUBLICADO EL 12 DE JUNIO
Primera sentencia favorable a una funcionaria y "no acuerdo" de la Comisión Paritaria del PAS laboral de las Universidades Canarias

PAS laboral: Hoy miércoles 12 de junio, por la mañana, se ha celebrado la reunión de la Comisión Paritaria del PAS laboral de las Universidades Públicas Canarias para tratar la propuesta de los sindicatos (Intersindical Canaria, CCOO y UGT) sobre la reclamación de la paga extra suprimida el año pasado.

 Como era previsible, la reunión acabó sin acuerdo, tal y como queda reflejado en el acta de la sesión. Por lo que ahora ya queda abierta la vía judicial para realizar la reclamación, que será el siguiente paso que pondrán en marcha los tres sindicatos de forma unitaria.

El proceso de reclamación por la vía del conflicto colectivo exigía, legalmente, presentar a la Comisión Paritaria la petición para posteriormente acudir a la jurisdicción laboral. Se ha producido una cierta demora como consecuencia del intento de mejorar las reclamaciones presentadas en la península a la vista del resultado de las sentencias favorables, de forma que se garantice una mayor posibilidad de éxito evitando problemas "formales" que pudieran anular las reclamaciones. Además, ha sido necesario coordinar a los sindicatos de las dos universidades, ya que Intersindical Canaria, CCOO y UGT han querido desarrollar todo el proceso de forma unitaria.


PDI contratado: Este mismo esquema de reclamación unitaria se esta aplicando al profesorado contratado de la ULL y la ULPGC, que también cuentan con Convenio Colectivo y por lo tanto también pueden presentar el recurso por la vía del conflicto colectivo, pasando previamente por su Comisión Paritaria. En este caso va un poco más lento porque dicha Comisión Paritaria no se ha constituido aún y porque, además, la reclamación debe contemplar dos aspectos referidos a situaciones especiales del personal investigador contratado y de aquel profesorado asociado que no percibe pagas extras pero que sí se le aplicó la disminución salarial.  En el caso del PDI, en el proceso unitario de reclamación, además de CCOO, Intersindical Canaria y UGT también participa Asamblea del Profesorado.

PAS y PDI funcionario: Por otra parte, en estas fechas, se ha difundido la información de la primera sentencia favorable a personal funcionario. Sentencia que es consecuencia de un proceso de reclamación a través de la vía contencioso-administrativa, mucho más lenta que la jurisdicción laboral. La sentencia es de los juzgados de Palencia y ha sido más rápida de lo habitual por ser un juzgado con pocos casos acumulados, ya que en este tipo de juicios lo normal son plazos superiores al año. La sentencia no admite apelación y condena en costas a la Administración.








PUBLICADO EL 3 DE ABRIL 
Tercera sentencia favorable, esta vez del PAS de las universidades madrileñas
Se ha dado publicidad a la tercera sentencia favorable al derecho a percibir parte de la Paga Extra de Navidad, según los días "devengados" hasta la aprobación del recorte por parte del Gobierno de Rajoy. En este caso, la sentencia afecta al personal de administración y servicios (PAS) laboral de las universidades de la Comunidad de Madrid, y es consecuencia de dos Conflictos Colectivos que pusieron UGT y CCOO por separado pero que fueron unificados posteriormente en un solo procedimiento.

 En este sentido conviene señalar que a diferencia de las otras dos sentencias anteriores (en un organismo de la Comunidad de Madrid y en una empresa pública de la Universidad de La Coruña), en este caso el devengo es desde el día 1 de enero y, por lo tanto igual al establecido en las universidades canarias, de forma que se podrá percibir aproximadamente la mitad de la suprimida Paga Extra.

Así que el Cuarto fundamento jurídico de la Sentencia es bastante clarificador: 
"El devengo del derecho a la paga extraordinaria de navidad es, en el artículo 69 del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Madrid, (BOCM n° 8 de 10 de enero de 2006) anual, comportando un derecho perfeccionado y consolidado en el tramo que va del 1 de enero al 14 de julio de 2012.  [...]" 

"[...] El arco temporal que influye en el devengo de cada gratificación extraordinaria es el de los doce meses precedentes, e insistimos, así se desprende implícitamente la lectura del  art. 69 del Convenio de aplicación, puesto que su abono es en el mes de diciembre, aunque nada impide que se hubiera previsto otra clase de devengo semestral o cuatrimestral. Bajo las premisas que anteceden la tesis desplegada por el sindicato CC.OO, que es coincidente en lo esencial con la mantenida por el sindicato UGT, tiene base y fundamento: El devengo del derecho a la paga extra de navidad es anual comprendiendo del 1 de enero al 31 de diciembre, por doceavas partes, (STSJ Madrid 31 de marzo de 2008, rec. 5052/2007) sin que el RDL 20/2012, que guarda silencio sobre lo ya devengado, impida iniciar el cómputo generado desde que fue abonada la paga homóloga del año anterior. En su consecuencia, se trata de un derecho económico ya perfeccionado y consolidado, integrado en el patrimonio de los trabajadores afectados, no de una simple mera expectativa de derecho, en el tramo que va del 1 de enero al 14 de julio de 2012, anterior a la entrada en vigor del RDL 20/2012, al haberse prestado servicios, todo ello en consonancia con la doctrina del Tribunal Constitucional contenida, entre otras muchas, en su sentencia n° 184/2011 y auto n° 162/2012."

PUBLICADO EL 19 DE MARZO 
Segunda sentencia sobre las reclamaciones de la Paga Exta y acuerdo de los sindicatos del PAS laboral de las universidades canarias


Esta semana se ha conocido la segunda sentencia dictada sobre las reclamaciones de la Paga Extra de Navidad, segunda sentencia que también reconoce el derecho a la percepción de la parte devengada ya que anula el efecto retroactivo del recorte.  

En este caso la sentencia es sobre el recorte impuesto a los/as trabajadores/as de una empresa pública de la Universidad de Santiago de Compostela, y ha sido interpuesta por los servicios jurídicos de CCOO, al igual que la primera sentencia ganada en los tribunales de Madrid.

También, durante esta semana, los sindicatos que representan al PAS laboral de la Universidad de La Laguna en el Convenio Colectivo (Intersindical Canaria, UGT y CCOO) han llegado a un acuerdo para presentar unitariamente "conflicto colectivo" reclamando el pago de la Extra de Navidad y previsiblemente se siga el mismo criterio en la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Durante esta semana se remitirá a los servicios jurídicos de los tres sindicatos la documentación para que elaboren la reclamación y se formalizará a lo largo de la semana posterior a Semana Santa, de forma que pueda salir la sentencia antes de agosto.

PUBLICADO EL 16 DE ENERO 
Los sindicatos comienzan a poner las reclamaciones colectivas
CCOO y el resto de los sindicatos ya han empezado a presentar los recursos judiciales y administrativos contra el Real Decreto Ley 20/2012, que suprimió la paga de Navidad del personal de la Administración Pública. Para ello, utilizarán la fórmula de recursos colectivos, iniciando las medidas judiciales pertinentes en diversos sectores públicos para paulatinamente ir ampliando las demandas, garantizando la defensa jurídica al conjunto de todas y todos los empleados públicos.

En el caso de la ULPGC esperamos que estos procedimientos también se interpongan de forma unitaria, al igual que se está haciendo en el resto del sector público. En este sentido, los sindicatos integrados en la Plataforma estatal de empleados públicos hemos decidido no promover la formalización de acciones jurídicas de carácter individual entre los empleados públicos. Las acciones que se formalicen serán siempre de carácter colectivo y unitario, mediante la presentación por los sindicatos en cada ámbito, bien sea sectoriales o de empresa.

Los gabinetes jurídicos de los sindicatos presentaran dos tipos de demandas dependiendo del régimen jurídico del personal al servicio de las distintas administraciones, bien sea personal laboral, funcionario o estatutario. En el caso del personal laboral que está regido por convenio, se presentarán paulatinamente conflictos colectivos. Esta acción la llevarán a cabo los sindicatos legitimados en cada ámbito y permite obtener una resolución que afecta a todo el personal al que le es de aplicación el convenio.

El segundo tipo de demanda es para el caso del personal funcionario. Cada sindicato presentará un número concreto de recursos asegurándose de que abarquen todos los ámbitos sectoriales (Administración del Estado, Administración de la Comunidad Autónoma, Administración de Justicia, Educación o Sanidad, administraciones locales, organismos autónomos, empresas públicas, universidades, etc.), intentando garantizar que los costes de las nuevas tasas judiciales no supongan un nuevo gravamen para los empleados públicos. Los sindicatos reclamarán fundamentalmente: el pago íntegro de la paga extra de Navidad de 2012, por la inadecuada utilización del decreto-ley, y el pago de los días devengados de la paga extra, puesto que el decreto-ley que la anula entró en vigor el 15 de julio. Sobre esta segunda petición hay abundante jurisprudencia. Por último, se recomienda no iniciar ningún tipo de reclamación individual y. en caso de haberla ya iniciado. ponerse en contacto con los sindicatos para valorar la situación del procedimiento.
Nota importante: Como el proceso de reclamación será largo, mantendremos actualizada la información en esta misma Noticia. Para facilitar su seguimiento, hemos añadido una imagen alusiva en el menú lateral derecho del blog que enlazará directamente.