jueves, 31 de octubre de 2019

Transformación automática PAD a PCD ¡Explicado al detalle!

No es la primera vez que la propuesta de transformación del profesorado Ayudante Doctor (PAD) en Contratado Doctor (PCD) aparece en la ULPGC

Detalle del Programa Electoral de CCOO en 2015 con el apartado
donde se recogía nuestra propuesta
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Y aunque ya hace tiempo que se intentó sacar adelante, sí es la primera vez que varios sindicatos coinciden en defenderla por lo que existen más posibilidades de aplicarse y de que salga adelante en futuras negociaciones entre la ULPGC y el Comité de Empresa que se elige el próximo miércoles, 6 de noviembre.

Por eso y porque para muchos es una idea novedosa vamos a intentar aclarar todas las dudas que puedan surgir: origen de la propuesta, en qué consiste, qué universidades lo aplican, cuáles son las limitaciones legales... 

EL ORIGEN DE ESTA PROPUESTA DE TRANSFORMACIÓN de PAD en PCD
El origen de esta propuesta en las universidades canarias surge cuando la planteó CCOO, en nuestro Programa Electoral de las anteriores elecciones de PDI laboral en 2015 [clic aquí para ver el documento de 2015],  como una alternativa para hacer frente a la reducción en la convocatoria de plazas de profesorado por los recortes aplicados por Rajoy en 2012 y la dificultad para estabilizar a los Ayudantes Doctor. Aunque su origen inicial estaba en el Convenio colectivo del PDI laboral de la Universidad de Extremadura firmado en 2008, también por una propuesta de nuestro sindicato.

Lamentablemente nuestra propuesta no prosperó en 2015 porque las dos universidades canarias se opusieron y porque tampoco nos apoyaron el resto de sindicatos. Por eso, que ahora hayan aceptado que es una opción viable y adecuada es un paso muy importante para las negociaciones del nuevo Convenio colectivo.

Detalle del Informe del Rector de la UEX en 2014
repasando las Transformaciones de 2011-2014, en plena
época de los recortes de Rajoy, sin ningún inconveniente

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¿EXISTE EN OTRAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS?
Para analizar la viabilidad de una propuesta novedosa siempre es importante ver si se ha implementado ya en alguna otra universidad. Y repasando detenidamente vemos que este mecanismo  se ha aplicado en la Universidad de Extremadura (UEX) y en las andaluzas. Pero aunque sean solo unas pocas universidades, el funcionamiento sin inconvenientes desde 2008 demuestran que es viable y legal.

La UEX aplica la transformación de los PAD en PCD cuando se consigue la acreditación a PCD por ANECA, en el caso de todas las universidades de Andalucía solo transforman un PAD en PCD cuando se logra la acreditación superior, es decir la de Titular de Universidad también por ANECA.

¿CUÁL ES EL SOPORTE LEGAL?
Este es un aspecto esencial, por eso hay que recordar que la promoción interna o promoción especial para evitar concursos de acceso libre solo se pueden realizar por Ley para plazas de funcionarios públicos (fue el caso de TU a Catedrático) y a través de los Convenios Colectivos para el caso de personal laboral de la Administración, aunque en este caso también se podría realizar por medio de Ley.

Pero hay que dejar claro que no basta un simple acuerdo a nivel de universidad o mecanismo similar, y que el Convenio Colectivo es la única forma de aplicar una transformación de este tipo: en la UEX se hace de acuerdo con lo previsto en el artículo 36 sobre Promoción y Estabilización de su Convenio Colectivo  (DOE 17/11/208 clic aquí para descargarlo) y en las universidades andaluzas en aplicación del artículo 19 sobre Promoción y Carrera Académica del Convenio Colectivo de Andalucía (BOJA 9/05/2008 clic aquí para descargarlo). Por eso solamente será viable aplicarlo en la ULPGC cuando culmine la negociación del II Convenio Colectivo de las universidades públicas canarias.

¿EN QUÉ CONSISTE?
En esencia es un sistema de promoción interna de carácter muy especial. Básicamente es una transformación del contrato una vez que se ha conseguido un determinado requisito, establecido previamente en el Convenio Colectivo. En este caso, para la UEX sería obtener la acreditación a PCD y en el caso de Andalucía obtener la acreditación a TU, pero siempre  en referencia a acreditaciones de ANECA y no de Agencias autonómicas.  Este es un aspecto importante, ya que la viabilidad legal solo se sostiene si esa "habilitación legal" o acreditación se realiza con parámetros nacionales.


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