martes, 19 de enero de 2016

Se normalizan los derechos sindicales del profesorado universitario

Aunque con mas de un año de retraso, la Inspección de Trabajo refleja la normalización de los derechos sindicales del profesorado universitario tras una denuncia de CCOO

Cabecera del Informe de la Inspección de Trabajo
El informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social emitido el pasado 16 de diciembre refleja la normalización de los derechos sindicales que asisten a los/as representantes del profesorado en el ejercicio de su cargo, como consecuencia de una denuncia de CCOO contra el anterior Vicerrector de profesorado de la Universidad de La Laguna. Pero repercute en el conjunto de las universidades públicas al reconocer derechos que habitualmente se vienen cuestionando en muchas de ellas.

El resultado final de este informe de la Inspección refleja que actualmente "no se aprecian irregularidades en la materia ni la existencia de conflictos relacionados con la misma", ya que los/as Inspectores actuantes han comprobado que los mecanismos de utilización del crédito horario sindical funcionan con normalidad, tanto para el PAS como para el profesorado universitario. Normalidad que se logró hace mas de un año, y solamente después de que CCOO tramitara esta denuncia y diéramos aviso de que también teníamos previsto iniciar un procedimiento judicial por vía penal.

Lamentablemente es habitual que las universidades vengan retrasando el reconocimiento o extensión de derechos básicos al profesorado, tanto sindicales como personales y/o profesionales, que sin embargo sí disfrutan con plenitud el resto de empleadas y empleados públicos (incluído el propio PAS de las universidades). Negativas o retrasos que tradicionalmente se han originado en una errónea interpretación de las normas en las que, algunos Vicerrectorados de profesorado, creen incorrectamente que no se pueden aplicar al profesorado universitario porque éste tiene un supuesto estatus diferente.  Y eso a pesar de que las normas generales, relativas a derechos sindicales, profesionales y/o personales, de Igualdad de Género, de  Prevención de Riesgos Laborales, etc. no hacen diferencia alguna entre todas y todos los empleados públicos. Por lo que son plenamente aplicables al profesorado universitario sin ningún tipo de restricción o limitación.

Esta mala interpretación es también la que viene aplicando el Vicerrectorado de Profesorado de la ULPGC en materia de sexenios del profesorado Contratado, trienios por antiguedad para ATPs, Ayudantes Doctor o Contratados Doctor interinos así como en la aplicación de los nuevos permisos por asuntos particulares y/o vacaciones conocidos como moscosos y canosos, negativa a negociar las modificaciones de la RPT, tardanza en aplicar la promoción interna, elaboración de un Plan de Igualdad, etc. Así como en otros muchos temas que afectan al desarrollo de nuestra actividad laboral, académica y profesional.

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