jueves, 18 de junio de 2020

La ULPGC incumple los protocolos en la protección del "personal sensible"

La ULPGC ha comenzado el retorno al trabajo presencial y hemos observado con preocupación que se están incumpliendo los protocolos de protección relativos al personal especialmente sensible al Covid19, así como en otros casos sobre los que también informaremos en los próximos días

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El incumplimiento se esta produciendo en varias situaciones, como los/as trabajadores/as en los que debería ser prioritario el teletrabajo o el personal con problemas de conciliación familiar. Sin embargo la situación de mayor gravedad en esos incumplimientos se produce sobre el denominado "personal especialmente sensible" y que viene definido como tal por las autoridades sanitarias.

Atendiendo a sus particulares situaciones de vulnerabilidad, a este personal se le dedicó un apartado concreto en el Acuerdo de los sindicatos con Gerencia del pasado 21 de mayo [clic aquí para consultar el Acuerdo] en el que se estableció, entre otras cosas:

  • Se deberá priorizar la prestación de trabajo en modalidades no presenciales para los trabajadores pertenecientes a los colectivos definidos por el Ministerio de Sanidad, como grupos vulnerables para la COVID-19 así como los que tengan a menores o mayores dependientes a su cargo, o afectados por el cierre de colegios o de centros de mayores.
  • En base a estos criterios del Ministerio de Sanidad, deberemos considerar estos grupos de vulnerabilidad, su condición de especial sensibilidad (art. 25 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales) y tomar acciones para evitar la exposición, evitando el riesgo, mediante la utilización de medios de protección colectiva o la adopción de medidas de organización del trabajo
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Colectivos de especial riesgo que, de acuerdo con lo previsto en el Procedimiento de Actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2 del pasado 8 de junio [clic aquí para descargarlo], deben ser evaluados por el servicio sanitario de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales (SPRL). Es decir, la evaluación debe correr a cargo de personal médico colegiado como especialista de medicina del trabajo, tal y como puede verse en los anexos documentales de este protocolo de actuación (ver ejemplo en la imagen de la izquierda). Algo que no esta cumpliendo la ULPGC que, en una injustificada prisa por acelerar la desescalada, simplemente notifica a las personas afectadas que deben incorporarse al trabajo presencial sin la evacuación de ningún informe médico.

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Precisamente, temiendo esta situación, desde nuestro sindicato presentamos la semana pasada una propuesta de  "paralización" de estas incorporaciones presenciales así como las del personal de conserjerías y de atención al público en aplicación de lo previsto en el Artículo 21.3 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Propuesta que quedó pendiente, sin resolver, por parte del resto de sindicatos del Comité de Empresa.

Como alternativa urgente, desde CCOO propondremos al resto de sindicatos pedir una reunión urgente de la Comisión de seguimiento prevista en el Acuerdo del 25 de mayo, para reconducir esta situación así como el resto de incumplimientos detectados.


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