martes, 28 de noviembre de 2023

La UE denuncia a España por incumplir la Directiva sobre conciliación

La Unión Europea ha decidido denunciar a España, Irlanda y Bélgica ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) por el incumplimiento de los tres países en la aplicación de la Directiva Europea sobre conciliación familiar y profesional.

La Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional, adoptada en 2019, es un acto legislativo de importancia que tiene por objeto permitir a los progenitores que trabajan conciliar mejor las facetas privada y profesional de su vida. Establece normas mínimas para el permiso de paternidad, el permiso parental y el permiso para cuidadores, así como el derecho a solicitar fórmulas de trabajo flexible.

Estas nuevas normas pretenden facilitar el desarrollo de la carrera profesional y de la vida familiar sin tener que sacrificar ninguna de las dos cosas. La Directiva permite a los progenitores y cuidadores que trabajan cogerse permisos para cuidar de familiares que necesiten cuidados

El plazo para la transposición de las disposiciones de la Directiva relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional al Derecho nacional acabó el 2 de agosto de 2022. En septiembre de 2022, la Comisión envió sendas cartas de emplazamiento a los diecinueve Estados miembros que no habían comunicado la plena transposición de la Directiva.

En abril de 2023, la Comisión envió dictámenes motivados a los once Estados miembros que aún no habían notificado las medidas nacionales de plena transposición.  Estos países disponían de dos meses para tomar las medidas necesarias de acatamiento del dictamen motivado. Bélgica, Irlanda y España todavía no han comunicado las medidas de transposición. Dado que los asuntos se refieren a la no comunicación de las medidas de transposición de una directiva adoptada por el procedimiento legislativo ordinario, la Comisión pedirá al Tribunal de Justicia de la Unión Europea que imponga sanciones económicas a dichos Estados miembros.

La Directiva establece los siguientes derechos:

- Permiso de paternidad: El padre tiene derecho a un permiso de paternidad de al menos diez días laborables en torno al momento del nacimiento del hijo. La prestación recibida durante el permiso de paternidad debe alcanzar, como mínimo, el nivel de la prestación por enfermedad.
- Permiso parental: Cada uno de los progenitores tiene derecho a un permiso parental de un mínimo de cuatro meses, dos de los cuales son retribuidos e intransferibles. Los progenitores pueden solicitar el disfrute de su permiso de forma flexible, ya sea a tiempo completo, a tiempo parcial o en múltiples períodos.
- Permiso para cuidadores: Todo trabajador que preste cuidados o ayuda personales a un familiar o a una persona que viva en el mismo hogar tiene derecho a un permiso para cuidadores de cinco días laborables al año como mínimo.
- Fórmulas de trabajo flexible: Todo trabajador progenitor de un hijo de hasta al menos ocho años de edad, así como todo cuidador, tiene derecho a solicitar la reducción del horario laboral, un horario de trabajo flexible y condiciones de flexibilidad en el lugar de trabajo.

La Directiva va unida a la Estrategia Europea de Cuidados, que tiene como objetivo garantizar unos servicios asistenciales de calidad, asequibles y accesibles en toda la Unión Europea y mejorar la situación tanto de los cuidadores (profesionales o informales) como de los receptores de cuidados.

En el siguiente enlace se puede tener más información sobre esta Directiva UE:


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