Portada de Canarias7 - 26/11/2015 |
Declaraciones por las que el Sr. Regidor ha tenido que pedir disculpas durante la última sesión del Claustro universitario: "Antes de iniciar el apartado de ruegos y preguntas, el Rector indicó al Claustro que lamentaba la inclusión del término escaqueados, tal y como se recogió en una amplia entrevista periodística realizada al inicio del curso. El Rector añadió que no era un término aceptable y manifestó sus excusas al Claustro." [ver WEB ULPGC]
Así que no tenemos otra alternativa que pensar que existe una relación directa entre ambos y entender que el Rector es responsable directo de la decisión que ha adoptado el Consejo Social, porque en esa entrevista dijo sobre los que supuestamente se escaquean: "la ley me impide hacer algo al respecto" [ver BLOG CCOO], aplicando así el escarnio público para dejar en evidencia a casi la mitad del profesorado de la ULPGC.
[Blog de CCOO-ULPGC - 8/10/2015] |
Pues ha sido evidente y acelerado, el Consejo Social decide tomar las riendas y solucionar un supuesto problema que el Rector previamente había publicitado al llamar "escaqueados" a un gran número de profesores y profesoras de nuestra universidad.
Por eso, desde nuestro punto de vista, de poco sirven las tibias disculpas que se han dado en el Claustro porque el daño ya estaba hecho y, además, esas disculpas se han mantenido en un ámbito reducido (únicamente en la sesión del Claustro) cuando las declaraciones en prensa pudieron leerlas miles de ciudadanos y ciudadanas de Gran Canaria.
Las razones que NO justifican la propuesta del Consejo Social
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[Página web del Consejo Social] |
La primera se evidencia por la propia inconsistencia de los argumentos expuestos por el Consejo Social (al menos los argumentos que han argumentado públicamente en el comunicado de prensa y en su página web): "El Consejo Social, en el cumplimiento de sus funciones, ha instado al equipo rectoral de la ULPGC a poner en marcha, en el plazo de tres meses, un sistema informático para el control horario del profesorado, a tenor de los reiterados informes del Tribunal de Cuentas del Reino y de la Audiencia de Cuentas de Canarias, que han puesto de manifiesto el incumplimiento de este aspecto esencial en la institución universitaria." [ver WEB Consejo Social] utilizando los mismos argumentos que el comunicado de prensa [ver la noticia en Canarias7 - 1 página PDF].
[Portada último informe 25/03/2015] |
Así, en lo que se refiere al de la Audiencia de Cuentas de Canarias no se lee ninguna mención a este aspecto en las 71 páginas del último informe, correspondiente al ejercicio 2013 y presentado ante el Parlamento de Canarias en 2015 [ver informe 71 páginas PDF].
Es probable que la confusión del Consejo Social sobre este tema no sea producto de ese informe, inexistente, sino de la difusión en los medios de comunicación de la comparecencia de la Audiencia de Cuentas ante la Comisión de Presupuestos y Hacienda del Parlamento de Canarias el pasado 22 de octubre. Reunión en la que se presentó la fiscalización del año 2013, que no menciona nada al respecto, y también la de 2012 en cuya página 72 dice que la ULPGC "no dispone de un sistema de control de presencia y horarios para su PDI". Algo que no es cierto y suponemos que ya se habrá aclarado a la vista de que no se repite en el informe de fiscalización sobre el año siguiente, puesto que sí existe un sistema de control mediante firmas e, incluso, sistemas informáticos en algunos Centros.
Pero es que, además, los supuestos informes de la otra entidad que citan, el Tribunal de Cuentas del Reino, tampoco respaldan esa iniciativa. Básicamente porque éste se limita a elaborar informes generales del conjunto de todas las universidades públicas y, por si fuera poco, con mucha diferencia de tiempo entre uno y otro (los dos últimos son relativos al ejercicio 2003 y al ejercicio 2012) [ver informe 1.146 páginas PDF]. Y aunque en este caso si es verdad que mencionan este aspecto, también es verdad que lo hacen para la totalidad del conjunto de las universidades públicas. Es decir, ninguna universidad española cuenta con sistemas informáticos o electrónicos de control de presencia y horario para su profesorado.
De forma que no se puede interpretar que existe un requerimiento especial sobre la ULPGC, por lo que no se entiende esta exigencia particular y acelerada (¿en tres meses?) que el Consejo Social quiere poner en marcha.
Página 266 del informe del Tribunal de Cuentas [clic en la imagen para ampliar] |
El segundo aspecto que no justifica esta actitud del Consejo Social es que la situación de control horario del profesorado de la ULPGC no es diferente de la del resto del profesorado del Gobierno de Canarias. La mayoría de profesores y profesoras de Colegios Públicos, Institutos de Secundaria, Bachillerato o Formación Profesional no tienen control informático de su asistencia al trabajo (salvo unos pocos Institutos) y se limitan a un simple parte de firmas. Entonces, ¿qué razón explica un trato diferenciado al profesorado universitario?
La tercera cuestión que no justifica esta postura del Consejo Social es que intenta establecer mecanismos adicionales de control sobre el colectivo de empleadas y empleados públicos más expuestos a verificaciones y controles. No existe ningún/a otro/a empleado/a público/a que deba acreditarse de forma previa a la presentación de un concurso-oposición, no hay en la Administración Pública otro personal que deba someterse a encuestas continuas y evaluaciones sobre el desempeño de su trabajo, o que tenga que coexistir con informes y acreditaciones evaluadoras de su actividad y su entorno laboral o profesional (Titulaciones, Centros, etc.), no hay nadie que tenga que "sobrevivir" en un sistema altamente competitivo que obliga a cambiar drásticamente su dedicación profesional en función del rendimiento investigador y las normas o reglamentos que lo regulan y que cambian de forma permanente generando incertidumbre, cansancio y desmotivación.
Y sin embargo, el Consejo Social entiende que es necesario imponer mayores mecanismos de control sobre el profesorado. Por eso queremos preguntarle al Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, ¿qué piensa de esta propuesta?. Pero sobre todo queremos saber qué votó o dijo durante la sesión del Consejo Social donde se tomó este acuerdo.
La opinión de CCOO sobre los sistemas de control del trabajo
Desde CCOO queremos dejar claro que no tenemos nada en contra de establecer mecanismos que controlen el rendimiento o la jornada laboral, porque entendemos que si percibimos una retribución a cambio de un trabajo también es lógico que se puedan establecer sistemas que verifiquen que ese trabajo se realiza. Algo habitual en cualquier empresa o institución, aunque también hemos de añadir que esos mecanismos de control deben ser informados y negociados previamente con la representación sindical del PDI.
Por otra parte, tampoco podemos compartir la implantación de mecanismos no justificados ni el establecimiento de controles sobredimensionados y agobiantes que provocan el efecto contrario al que supuestamente obedecen. Desde nuestra experiencia sabemos que con carácter general son más útiles y efectivos los mecanismos incentivadores, y que las medidas de control o sancionadoras deben relegarse para los pocos casos de incumplimiento.
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