lunes, 15 de diciembre de 2025

Información de ANECA sobre la próxima convocatoria de Sexenios

Tras la reunión del Pleno de la Comisión Nacional de Evaluación de la Actividad Investigadora (CNEAI) el pasado 9 de diciembre, se han aprobado los criterios para la evaluación de la actividad investigadora (sexenios) de la próxima convocatoria, que pronto serán publicados en el BOE.

Dichos criterios siguen la línea emprendida en la anterior convocatoria y están disponibles en la página de ANECA junto con el baremo para la próxima convocatoria:
https://www.aneca.es/web/guest/-/2025-criterios-sexenios-2025

Además de la reestructuración de algunos campos para hacer más eficiente la evaluación, desde CCOO os llamamos la atención sobre dos cuestiones de las que hemos tenido conocimiento y que afecta especialmente al PDI laboral (descarga el boletín CCOO INFORMA): 

1. Se va a establecer un periodo de solicitud diferenciado para el personal funcionario y para el laboral. Como en las últimas convocatorias, el periodo de solicitud será de unas tres semanas. Sin embargo, en esta convocatoria el periodo para el personal funcionario se abrirá presumiblemente en enero, aplazando a febrero el periodo de solicitud para el personal laboral. Esta medida tiene como objetivo facilitar la gestión de las solicitudes y contribuir al mejor funcionamiento del aplicativo, que había presentado problemas en anteriores convocatorias y sobre lo que CCOO había insistido al Ministerio y a ANECA para su solución.

2. Desde el aplicativo se exigirá que se adjunte un documento de autorización de la universidad para que el personal laboral pueda ser evaluado. Como sabéis, el personal laboral que es evaluado por la CNEAI (ANECA) lo es en base a convenios que a tal efecto las universidades firman con ANECA. Hasta ahora, las universidades enviaban a ANECA un listado de personas solicitantes una vez finalizado el periodo de solicitud para su cotejo por parte del organismo evaluador. Ahora las universidades firmarán un documento de autorización que las personas solicitantes deberán adjuntar a la solicitud. Esto evitará algunas disfunciones detectadas en convocatorias anteriores. El modelo de autorización ya está en manos de las universidades para que lo implementen cuando comience el periodo de solicitud del personal laboral.

En este punto, desde CCOO recordamos que todo el personal laboral, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, tiene derecho a someter a evaluación su actividad investigadora y, en caso de resolución positiva, al cobro del complemento retributivo establecido siempre que cumpla con los requisitos temporales y de actividad.

Por otro lado, hemos sido conocedores de que ANECA está haciendo un llamamiento a las agencias regionales de evaluación para que evalúen al personal laboral que trabaja en las universidades de sus territorios. En este sentido, ha anunciado que será el último año en que firme o renueve los convenios para la evaluación de este personal con las distintas universidades. Algunas agencias parece que ya lo van a asumir en esta próxima convocatoria, como Cataluña y quizá el País Vasco.

Desde CCOO exigimos que se garantice el derecho a la evaluación de este personal y que se establezcan, de forma previa, criterios y procedimientos de reconocimiento mutuo de las evaluaciones entre las distintas agencias y también con ANECA. Y todo ello respetando y garantizando el derecho al reconocimiento pleno de la actividad, a la carrera profesional y a la movilidad del profesorado universitario, así como la coherencia del sistema. Hacemos un llamamiento para que las comunidades autónomas ejerzan sus competencias sin comprometer parte del presupuesto de sus universidades públicas: las agencias regionales no solo están para autorizar la creación de centros adscritos, sino para evaluar al profesorado y velar por la calidad y coherencia del sistema público universitario.


miércoles, 10 de diciembre de 2025

PDI laboral y PTGAS también tienen derecho a reclamar la Paga Extra

Como ya dijimos en la primera información que publicamos sobre las pagas extraordinarias, el pasado 27 de noviembre, "durante años, muchas empleadas y empleados públicos han visto minoradas sus pagas extraordinarias al no incluirse los complementos que perciben de forma estable. El Tribunal Supremo acaba de aclarar definitivamente que deben formar parte del salario, lo que abre la vía para recuperar cantidades importantes." 

Posibilidad de reclamación que también tiene el PDI laboral y el PTGAS funcionario, en la medida que ambos estas afectados por el sistema y retribuciones que el EBEP establece para los funcionarios públicos.

DERECHO A RECLAMAR EL IMPORTE DE LOS COMPLEMENTOS EN LAS PAGAS EXTRAS DE JULIO Y DICIEMBRE 

Modelos de reclamación

Los modelos de reclamación se pueden descargar en los enlaces ubicados al final de la información.

Plazo para reclamar

- El PDI laboral solo puede reclamar las cantidades no percibidas por el último año, de acuerdo con el plazo de prescripción para deudas salariales previsto en el Estatuto de los Trabajadores.

- El PTGAS funcionario puede reclamar las cantidades no percibidas por los últimos cuatro años, conforme al plazo general de prescripción previsto en la normativa para personal funcionario.

- IMPORTANTE: Por tanto, para no perder el derecho a los importes no prescritos de la paga extraordinaria de Navidad (de 2024 para PDI laboral y 2021 para PTGAS funcionario), se deberá presentar reclamación antes de la fecha límite contando desde el día que se cobró la Paga Extraordinaria. (recomendamos hacerlo antes del 16 de diciembre).

El derecho a reclamar de PDI laboral y PTGAS:

- El derecho a reclamar del PDI laboral esta vinculado al carácter de sus retribuciones, ya que el Decreto 140/2002, de 7 de octubre y el Primer Convenio colectivo del personal docente e investigador laboral de las Universidades Públicas Canarias,  establecen que los conceptos retributivos del personal docente e investigador laboral serán los mismos que tiene el profesorado funcionario universitario. A diferencia del personal funcionario, el personal contratado laboral tiene la posibilidad de que los sindicatos declaren Conflicto colectivo reclamando en nombre de todas y todos los trabajadores, algo que CCOO tiene previsto llevar a cabo. Sin embargo, como ahora mismo estamos inmersos en el anterior Conflicto colectivo declarado a finales de 2023, no podremos poner en marcha otro hasta dentro de unos meses o un año con la consiguiente pérdida del derecho a reclamar atrasos. Por esa razón,  aunque no es necesaria la reclamación individual, recomendamos presentarla para salvaguardar las deudas derivadas de las pagas extraordinarias de 2024.

- El derecho a reclamar del PTGAS funcionario nace del propio sentido de la jurisprudencia que se cita y que afecta al personal funcionario. En el caso de este colectivo, las cantidades a reclamar son considerablemente menores a las del PDI, ya que solo afectarían a la Paga de Compensación, que es de muy poca cuantía. Por lo que cada funcionaria y funcionario debe decidir si le merece la pena. Para quienes decidan reclamar CCOO ha elaborado un modelo de reclamación, y estamos buscando una fórmula que nos permita solucionar el inconveniente de no poder hacerlo colectivamente.

-  Como ya hemos comentado en otras ocasiones, el PTGAS laboral no esta afectado ya que percibe sus pagas extraordinarias, correctamente, de acuerdo con lo previsto en su Convenio colectivo.

Justificación de la solicitud:

Durante años, muchas empleadas y empleados públicos han visto minoradas sus pagas extraordinarias al no incluirse los complementos que perciben de forma estable. El Tribunal Supremo acaba de aclarar definitivamente que deben formar parte del salario íntegro, lo que abre la vía para recuperar cantidades importantes.

Esta importante sentencia 822/2025, de 25 de junio, del Tribunal Supremo, establece que los pluses para personal funcionario deben cobrarse durante vacaciones, permisos retribuidos y bajas, ya que se consideran retribuciones fijas y periódicas. Unifica así doctrina para reconocer que, si estos complementos son habituales en la jornada, no deben desaparecer en situaciones de descanso o permiso.

El Tribunal Supremo recuerda que cuando los pluses se perciben de forma regular y continuada, forman parte de la estructura salarial ordinaria y no pueden excluirse del cálculo de las pagas Extraordinarias ni de las vacaciones.

La sentencia parte de la doctrina consolidada que distingue entre retribuciones fijas (que retribuyen funciones permanentes del puesto) y variables (vinculadas a servicios excepcionales o esporádicos).

En este sentido, el Tribunal Supremo recuerda que cuando los pluses se perciben de forma regular y continuada, forman parte de la estructura salarial ordinaria y no pueden excluirse del cálculo de las pagas extra ni de las vacaciones. El Alto Tribunal fija así un criterio claro que ya está siendo seguido por diversos tribunales superiores de justicia como el TSJ de Cataluña: las pagas extraordinarias deben recoger la totalidad de las retribuciones ordinarias del funcionario.

Procedimiento de reclamación.

Para facilitar la reclamación, adjuntamos dos modelos, uno para cada sector. Se presentará por sede electrónica dirigido al Rector, mediante el procedimiento de “Instancia General” acompañado por la reclamación modelo, debidamente cumplimentada, como anexo (más abajo añadimos enlaces para facilitar la tramitación).

Enlaces y descargas:
Descarga en tu ordenador el modelo de reclamación para tu paga extraordinaria (debes descargarlo y posteriormente copiarlo y pegar en un procesador de textos para editar y cumplimentar los datos que faltan):


martes, 9 de diciembre de 2025

CCOO firma el Acuerdo de subida salarial y la mejora de empleo público

El Acuerdo está confeccionado en su mayor parte con las reivindicaciones planteadas por CCOO, recoge una subida salarial global del 11,4% para el periodo 2025-2028 e incluye reivindicaciones históricas, como la implantación de un modelo alternativo a la tasa de reposición en las ofertas de empleo público y la reactivación de la jubilación parcial.

CCOO ha firmado el Acuerdo casi una semana después que los otros dos sindicatos firmantes (UGT y CSIF), a pesar de que la mayor parte del documento fue elaborado partiendo de nuestras propuestas. 

Sin embargo, exigíamos que junto con el incremento salarial pactado, también hubiera garantías de la eliminación o sustitución de la Tasa de reposición que limita y pone obstáculos a la contratación de empleo público y, también, exigíamos el desbloqueo de la jubilación parcial pactada en el anterior acuerdo con el Gobierno y que actualmente esta paralizada.  Conseguidos ambos objetivos y las garantías de cumplimiento, CCOO finalmente ha aceptado firmar el Acuerdo.

La subida salarial pactada supone un desafío importante. De forma similar a otros acuerdos anteriores, se establece un incremento fijo con actualizaciones adicionales. Si se cumplen las previsiones de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIRef), creada a instancias de la Unión Europea para supervisar las finanzas públicas en España, el incremento pactado será el primero en los últimos veinte años que superará el IPC (la previsión de la AIReF del IPC para el periodo 2025-2028 es del 8,5%).

A pesar de la importancia de este incremento, CCOO exigía solucionar el problema de las limitaciones que sufre la contratación pública producto de la aplicación de la Tasa de reposición. Algo  que impide crecer o renovar las plantillas del sector público o que, también, retrasa considerablemente los sistemas de sustitución de las jubilaciones con eficacia y rapidez. Provocando el mantenimiento de una alta temporalidad.

Asimismo, desde CCOO considerábamos imprescindible el desbloqueo de la jubilación parcial. Tanto lo que se refiere a la reactivación para el personal con contrato laboral (que la venía disfrutando) como la extensión al personal funcionario. Jubilación parcial que, ahora, estaba atascada precisamente por los requisitos vinculados a la contratación del "relevista" como indefinido y que no se podía llevar a cabo por culpa de la Tasa de reposición.





viernes, 5 de diciembre de 2025

Derecho a reclamar el total de los complementos en las pagas Extra

Durante años, muchas empleadas y empleados públicos han visto minoradas sus pagas extraordinarias al no incluirse los complementos que perciben de forma estable. El Tribunal Supremo acaba de aclarar definitivamente que deben formar parte del salario, lo que abre la vía para recuperar cantidades importantes.

DERECHO A RECLAMAR EL IMPORTE DE LOS COMPLEMENTOS EN LAS PAGAS EXTRAS DE JULIO Y DICIEMBRE

Plazo para reclamar

- El personal docente e investigador funcionario puede reclamar las cantidades no percibidas por los últimos cuatro años, conforme al plazo general de prescripción previsto en la normativa para personal funcionario.

- IMPORTANTE: Por tanto, para no perder el derecho a la paga extraordinaria de Navidad de 2021, el personal funcionario deberá presentar su reclamación antes de que transcurran cuatro años desde el día que se cobró la Paga Extraordinaria en 2021 (recomendamos hacerlo antes del 16 de diciembre).

Justificación de la solicitud:

Durante años, muchas empleadas y empleados públicos han visto minoradas sus pagas extraordinarias al no incluirse los complementos que perciben de forma estable. El Tribunal Supremo acaba de aclarar definitivamente que deben formar parte del salario íntegro, lo que abre la vía para recuperar cantidades importantes.

Esta importante sentencia 822/2025, de 25 de junio, del Tribunal Supremo, establece que los pluses para personal funcionario deben cobrarse durante vacaciones, permisos retribuidos y bajas, ya que se consideran retribuciones fijas y periódicas. Unifica así doctrina para reconocer que, si estos complementos son habituales en la jornada, no deben desaparecer en situaciones de descanso o permiso.

El Tribunal Supremo recuerda que cuando los pluses se perciben de forma regular y continuada, forman parte de la estructura salarial ordinaria y no pueden excluirse del cálculo de las pagas Extraordinarias ni de las vacaciones.

La sentencia parte de la doctrina consolidada que distingue entre retribuciones fijas (que retribuyen funciones permanentes del puesto) y variables (vinculadas a servicios excepcionales o esporádicos).

En este sentido, el Tribunal Supremo recuerda que cuando los pluses se perciben de forma regular y continuada, forman parte de la estructura salarial ordinaria y no pueden excluirse del cálculo de las pagas extra ni de las vacaciones. El Alto Tribunal fija así un criterio claro que ya está siendo seguido por diversos tribunales superiores de justicia como el TSJ de Cataluña: las pagas extraordinarias deben recoger la totalidad de las retribuciones ordinarias del funcionario.

Procedimiento de reclamación.

El personal funcionario no tiene regulado un sistema de reclamación colectiva (algo que si existe para el personal laboral mediante Conflicto Colectivo –art. 4 ET-), por lo que únicamente tiene la vía de la reclamación individual para exigir el abono de sus derechos retributivos.

Para facilitar la reclamación, adjuntamos un modelo. Se presentará por sede electrónica dirigido al Rector, mediante el procedimiento de “Instancia General” acompañado por la reclamación modelo, debidamente cumplimentada, como anexo (más abajo añadimos enlaces para facilitar la tramitación).

Enlaces y descargas:
Descarga en tu ordenador el modelo de reclamación para tu paga extraordinaria (debes descargarlo y posteriormente copiarlo y pegar en un procesador de textos para editar y cumplimentar los datos que faltan):

Información sobre posibles reclamaciones por la Paga Extra del resto de sectores (PDI contratado laboral, PTGAS funcionario y PTGAS laboral).

La próxima semana se publicará información adicional en el blog sobre el resto de sectores, explicando la repercusión de estas Sentencias en sus respectivas pagas extraordinarias y detallando el alcance y significado de la nueva jurisprudencia, además de proporcionar Modelos de reclamación.

Para avisar enviaremos correos pero, para facilitar la comunicación, recomendamos suscribirse a nuestros canales informativos de Whatsapp donde avisaremos previamente y se podrá acceder a la información de una forma inmediata.

PARA USAR DESDE EL MÓVIL (*)
Enlace para el canal de whatsapp del PDI:
https://whatsapp.com/channel/0029Vb7Qyh03rZZWYuFACz04

PARA USAR DESDE EL MÓVIL (*)
Enlace para el canal de whatsapp del PTGAS:
https://whatsapp.com/channel/0029Vb6wdfJ7oQhcLjVvLY0x

(*) Los canales de Whatsapp son una forma sencilla, segura y privada de recibir información en el móvil de lo que te interesa. Solo tienes que suscribirte para recibir los avisos.


lunes, 24 de noviembre de 2025

25 de Noviembre: Dia contra las violencias machistas

El sindicato ha presentado la campaña para el 25 de noviembre, Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, bajo el lema “Nos toca. CCOO actúa contra las violencias machistas”, una iniciativa que refuerza el compromiso y la actuación directa de nuestro sindicato frente al aumento de la violencia contra las mujeres y frente al avance de discursos negacionistas que amenazan las políticas de igualdad.

Desde CCOO hacemos un llamamiento a la participación activa en las protestas, acudiendo a las manifestaciones y participando en los actos o concentraciones que se desarrollan en numerosas empresas e instituciones para protestar contra la violencia machista.

Especialmente debemos incidir en la actuación directa en los centros de trabajo, la mejora de los recursos para víctimas y la defensa de la igualdad frente a los retrocesos políticos y sociales. 

Es sumamente importante implantar el papel del sindicato como agente de detección, acompañamiento y prevención de la violencia machista en el ámbito laboral, porque "las mujeres no denunciamos cuando queremos, sino cuando podemos", tal como explican insistentemente muchas de las victimas. Por eso, la implicación del entorno es fundamental. Nos toca actuar desde ya para poner freno a las violencias machistas.

Descargar documentación:
El sindicato no es ajeno a la realidad estructural que viven las mujeres, por lo que hay que insistir en la necesidad de que los entornos más próximos, incluidos los centros de trabajo, se impliquen activamente en la erradicación de las violencias.

544 denuncias diarias por violencia de género, 36 mujeres asesinadas en 2025 por sus parejas o exparejas, 17 menores huérfanas y 14 violaciones denunciadas al día. Son datos que muestran la gravedad del problema, teniendo en cuenta que solo se denuncia una mínima parte de las violencias.

Además, el Observatorio de Acoso Sexual y por Razón de Sexo de CCOO, que se puso en marcha en 2022, recibe miles de visitas anuales que proceden directamente de víctimas que buscan ayuda para salir de situaciones de acoso en el trabajo. El empleo es clave para salir de la violencia. Pero para que las medidas de protección funcionen, es urgente que el Gobierno habilite la acreditación administrativa para víctimas de violencia sexual, tal como exige la ley. 

El entorno laboral es un lugar “particularmente sensible ya que es un espacio donde la presencia es obligada y donde existen jerarquías directas. Esto lo convierte en un lugar especialmente propicio para que se reproduzcan formas de acoso o violencia contra las mujeres. Por eso tenemos que revalorizar los planes de igualdad que están en vigor, porque son “una palanca esencial” para reducir desigualdades y prevenir violencias. Sin embargo, aunque estos planes continúan desplegándose, pueden verse amenazados por discursos que cuestionan las políticas de igualdad debido a un “exceso de burocracia”.

Hay que añadir, adicionalmente, una advertencia sobre el auge de discursos de sectores de la derecha y la ultraderecha que cuestionan derechos y políticas de igualdad, con discursos que sitúan la baja natalidad como un problema causado por la libertad reproductiva y la incorporación de las mujeres al trabajo, para justificar políticas regresivas. Pretenden reinstaurar viejas jerarquías familiares que incrementan la dependencia económica de las mujeres y, con ello, los riesgos de violencia. Es un salto atrás de consecuencias muy graves.