viernes, 5 de diciembre de 2025

Derecho a reclamar el total de los complementos en las pagas Extra

Durante años, muchas empleadas y empleados públicos han visto minoradas sus pagas extraordinarias al no incluirse los complementos que perciben de forma estable. El Tribunal Supremo acaba de aclarar definitivamente que deben formar parte del salario, lo que abre la vía para recuperar cantidades importantes.

DERECHO A RECLAMAR EL IMPORTE DE LOS COMPLEMENTOS EN LAS PAGAS EXTRAS DE JULIO Y DICIEMBRE

Plazo para reclamar

- El personal docente e investigador funcionario puede reclamar las cantidades no percibidas por los últimos cuatro años, conforme al plazo general de prescripción previsto en la normativa para personal funcionario.

- IMPORTANTE: Por tanto, para no perder el derecho a la paga extraordinaria de Navidad de 2021, el personal funcionario deberá presentar su reclamación antes de que transcurran cuatro años desde el día que se cobró la Paga Extraordinaria en 2021 (recomendamos hacerlo antes del 16 de diciembre).

Justificación de la solicitud:

Durante años, muchas empleadas y empleados públicos han visto minoradas sus pagas extraordinarias al no incluirse los complementos que perciben de forma estable. El Tribunal Supremo acaba de aclarar definitivamente que deben formar parte del salario íntegro, lo que abre la vía para recuperar cantidades importantes.

Esta importante sentencia 822/2025, de 25 de junio, del Tribunal Supremo, establece que los pluses para personal funcionario deben cobrarse durante vacaciones, permisos retribuidos y bajas, ya que se consideran retribuciones fijas y periódicas. Unifica así doctrina para reconocer que, si estos complementos son habituales en la jornada, no deben desaparecer en situaciones de descanso o permiso.

El Tribunal Supremo recuerda que cuando los pluses se perciben de forma regular y continuada, forman parte de la estructura salarial ordinaria y no pueden excluirse del cálculo de las pagas Extraordinarias ni de las vacaciones.

La sentencia parte de la doctrina consolidada que distingue entre retribuciones fijas (que retribuyen funciones permanentes del puesto) y variables (vinculadas a servicios excepcionales o esporádicos).

En este sentido, el Tribunal Supremo recuerda que cuando los pluses se perciben de forma regular y continuada, forman parte de la estructura salarial ordinaria y no pueden excluirse del cálculo de las pagas extra ni de las vacaciones. El Alto Tribunal fija así un criterio claro que ya está siendo seguido por diversos tribunales superiores de justicia como el TSJ de Cataluña: las pagas extraordinarias deben recoger la totalidad de las retribuciones ordinarias del funcionario.

Procedimiento de reclamación.

El personal funcionario no tiene regulado un sistema de reclamación colectiva (algo que si existe para el personal laboral mediante Conflicto Colectivo –art. 4 ET-), por lo que únicamente tiene la vía de la reclamación individual para exigir el abono de sus derechos retributivos.

Para facilitar la reclamación, adjuntamos un modelo. Se presentará por sede electrónica dirigido al Rector, mediante el procedimiento de “Instancia General” acompañado por la reclamación modelo, debidamente cumplimentada, como anexo (más abajo añadimos enlaces para facilitar la tramitación).

Enlaces y descargas:
Descarga en tu ordenador el modelo de reclamación para tu paga extraordinaria (debes descargarlo y posteriormente copiarlo y pegar en un procesador de textos para editar y cumplimentar los datos que faltan):

Información sobre posibles reclamaciones por la Paga Extra del resto de sectores (PDI contratado laboral, PTGAS funcionario y PTGAS laboral).

La próxima semana se publicará información adicional en el blog sobre el resto de sectores, explicando la repercusión de estas Sentencias en sus respectivas pagas extraordinarias y detallando el alcance y significado de la nueva jurisprudencia, además de proporcionar Modelos de reclamación.

Para avisar enviaremos correos pero, para facilitar la comunicación, recomendamos suscribirse a nuestros canales informativos de Whatsapp donde avisaremos previamente y se podrá acceder a la información de una forma inmediata.

PARA USAR DESDE EL MÓVIL (*)
Enlace para el canal de whatsapp del PDI:
https://whatsapp.com/channel/0029Vb7Qyh03rZZWYuFACz04

PARA USAR DESDE EL MÓVIL (*)
Enlace para el canal de whatsapp del PTGAS:
https://whatsapp.com/channel/0029Vb6wdfJ7oQhcLjVvLY0x

(*) Los canales de Whatsapp son una forma sencilla, segura y privada de recibir información en el móvil de lo que te interesa. Solo tienes que suscribirte para recibir los avisos.


1 comentario:

  1. Hola, veo que el modelo de reclamación es para Titulares y Catedráticos. ¿Sirve también para Contratados Doctor?

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