miércoles, 15 de febrero de 2017

Abierto el plazo para solicitar nuevos tramos de Complementos autonómicos

Esta convocatoria es para el profesorado que aún no tiene la totalidad de los tramos de los tres Complementos (de docencia, investigación y gestión) 

Hoy miércoles se acaba de publicar en el BOC la convocatoria anual abriendo el plazo para solicitar nuevos tramos de los Complementos retributivos autonómicos, con el objetivo de que el profesorado que aún no tiene la totalidad de los tres Complementos (de docencia, investigación y gestión) pueda lograr su reconocimiento sin afectar a lo que ya tiene evaluados.

El plazo para presentar las solicitudes de evaluación es de un mes:
"Primero.- Establecer el plazo de presentación de solicitudes para la evaluación de los méritos del personal docente e investigador de las Universidades Públicas Canarias durante el curso académico 2016/2017, de cara a la asignación de complementos retributivos, únicamente para la obtención de nuevos tramos (de acuerdo con el fundamento de derecho sexto) de acuerdo con el protocolo de evaluación aprobado por la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, publicado mediante Resolución del Director de la referida Agencia en el Boletín Oficial de Canarias nº 125, de 30 de junio de 2004, quedando establecido en el plazo máximo de un (1) mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias."

¡Muy importante! Los tramos reconocidos previamente se seguirán cobrando sin necesidad de realizar ningún trámite o petición en virtud de la renovación anual que se viene publicando conjuntamente con los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, y que en 2017 se ha incluído en sus Disposiciones adicionales:
"Disposición Adicional Vigésimo quinta.- De la prórroga de los complementos del personal docente e investigador de las universidades públicas de Canarias Los complementos reconocidos al personal docente e investigador de las dos universidades públicas de Canarias, tanto por méritos docentes y de investigación, como por servicios institucionales, de conformidad a lo dispuesto en las secciones 1.ª y 3.ª del capítulo II del Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las universidades canarias, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2017 sin necesidad de proceder a una nueva evaluación, salvo las evaluaciones necesarias para la obtención de nuevos tramos, tanto por méritos docentes o servicios institucionales como de investigación."

sábado, 11 de febrero de 2017

Es lamentable que el Gobierno no dé solución a interinos y temporales

La Comisión de Expertos desaprovecha la ocasión para dar una solución a los problemas de temporales e interinos

CCOO considera que aplazar el informe definitivo de la Comisión de Expertos sobre temporales e interinos hasta que, tanto el Tribunal Supremo como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resuelvan otros asuntos en esta materia, es dilatar en el tiempo una situación injusta que perjudica los intereses de los trabajadores, genera inseguridad jurídica y satura los tribunales. Nuestro sindicato considera que se ha desaprovechado la ocasión para abordar aspectos más amplios como la equiparación de derechos entre los trabajadores temporales y los indefinidos.

CCOO quiere, asimismo, señalar algunos aspectos destacables del informe de la Comisión:

1. No es posible que la creación de empleo siga avanzando por la senda de la precariedad. Los expertos denuncian y exigen poner fin a los abusos que se viene cometiendo en materia de temporalidad en nuestro país, tanto en el empleo público como en el privado, y que son inadmisibles a la vista de la experiencia europea.

2. No caben recetas simplistas ni fórmulas mágicas. La solución no pasa por hacer a todos los trabajadores precarios, ni por rebajar los derechos de los fijos. Los expertos rechazan de forma expresa y unánime que el contrato único sea la solución y mucho menos que sea una exigencia de las decisiones europeas.

3. Es necesario garantizar los derechos de los trabajadores temporales e interinos. Los expertos coinciden unánimemente en la necesidad de poner fin inmediatamente a la temporalidad y las interinidades de larga duración, tanto en el empleo privado como en el público. A los trabajadores interinos se les debe garantizar, a juicio de los expertos, la estabilidad en el empleo, obligando a empresas y Administraciones a que a partir de un determinado plazo los mantengan en sus puestos, se les proteja frente al despido, garantizándoles, como mínimo, una indemnización de 20 días, así como el derecho al preaviso, a ser informados por escrito y a la revisión judicial de su despido, que solo cabrá si el trabajador al que sustituyen se reincorpora realmente y no en otros casos. Esta propuesta mejora la situación actual pero, para ambas organizaciones sindicales, esta indemnización debería ser aplicable tanto a temporales como interinos.

4. El contrato de interinidad debe, a juicio de los expertos, computar para la contratación temporal sucesiva de modo que será más fácil llegar a los límites temporales que obligan a las empresas a considerar fijos a sus trabajadores.

5. Advierten de forma unánime los expertos que, sea cual sea la valoración que se haga de la sentencia europea, nada justifica que ésta no sea respetada cuando dice que la norma española es contraria al Derecho europeo por reconocer indemnizaciones a los fijos y no a los temporales.

Sin embargo, CCOO considera que el mandato de la Comisión debería haber sido más amplio y haber aprovechado la ocasión para abordar todos los aspectos tratados en las sentencias del TJUE sobre esta materia, así otros aspectos que se generan en torno a esta materia o que se derivan de las propias sentencias. En este sentido, hemos defendido el tratamiento por parte de la Comisión de temas tan fundamentales como:

* Establecer una indemnización de 20 días para todos los contratos de duración determinada y temporales cuya finalización se deba a “condiciones objetivas”.Definir con claridad que se debe entender por condiciones objetivas.

* Determinar un plazo de preaviso aplicable en caso de finalización de los contratos de duración determinada, sean del tipo que sean.

* Cómo se debe establecer la comparación entre el trabajador temporal y fijo, conforme a lo establecido por el TJUE.

* Diferenciar entre los límites de la duración de los contratos y los límites del encadenamiento de contratos.

* Determinar las causas que justifican la utilización de interinos en el ámbito público.

* Qué pasa con los trabajadores que tengan un contrato de interinidad hasta que se clarifique nuestra normativa.

Antecedentes

El pasado mes de octubre, la Ministra de Trabajo celebró una reunión con los presidentes de CEOE y CEPYME y los Secretarios Generales de CCOO y UGT, en la que se acordó la creación de una comisión de expertos que evaluase, en el plazo de un mes, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que equipara la indemnización de una trabajadora con contrato de interinidad, con la de un trabajador indefinido, en el caso de extinción objetiva de la relación de trabajo (despido objetivo).

Se trata de la Sentencia dictada el 14 de septiembre de 2016, caso C-596/14, Ana de Diego Porras y Ministerio de Defensa, que aborda el tema de los trabajadores interinos, con contrato regular no fraudulento, y el principio de no discriminación con los trabajadores fijos comparables y en la que se determina que a la finalización de la interinidad, como causa de finalización objetiva del contrato, el trabajador tiene derecho a la indemnización legalmente prevista para el despido objetivo.

Otras dos sentencias de la misma fecha fueron dictadas en procedimientos prejudiciales instados por órganos judiciales españoles, con el mismo ponente el Juez F. Biltgen, en los asuntos C 16/15, María Elena Pérez López y Servicio madrileño de Salud (Comunidad de Madrid), y C 184/15 y C 197/15, acumulados, Florentina Martínez Andrés y Servicio vasco de Salud y Juan Carlos Castrejana López y Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

Estas sentencias, que no son las únicas, suponen un varapalo a la regulación legal española sobre los contratos de interinidad, sobre la práctica abusiva del encadenamiento de contratos temporales y sobre las relaciones de servicio eventuales e interinas en las Administraciones públicas españolas. Una situación que se da también en la contratación laboral común en empresas privadas. Pero el Tribunal de Justicia de la UE afirma además que no existe una razón objetiva para justificar una diferencia de trato entre los trabajadores con contrato temporal e indefinido, por lo que considera que es discriminatorio que los contratos fijos tengan una indemnización superior a la de los contratos temporales.

La citada comisión, coordinada por el catedrático Alfredo Montoya, y compuesta por Miguel Rodríguez-Piñero, expresidente del Tribunal Constitucional, Joaquín Pérez Rey (CCOO), José María Miranda Boto (UGT), Jordi García Viña, dirigente de CEOE, y Teresa Díaz de Terán de CEPYME, se reunió por primera vez el 16 de noviembre del pasado año.

En este tiempo y tras más de media docena de reuniones, se ha evidenciado la distancia que existe entre los integrantes de la misma por las distintas posiciones mantenidas desde los representantes de la patronal y el Gobierno frente a los representantes de los sindicatos. 

miércoles, 8 de febrero de 2017

Reunión de CCOO con parlamentarios del PP para hablar de empleo público

CCOO se han reunido el día 1 con el Grupo Parlamentario Popular para presentar una propuesta de proposición de ley que permita la recuperación de los derechos arrebatados a las empleadas y empleados públicos en los últimos años

Asimismo se ha trasladado al Grupo Parlamentario Popular otras demandas más concretas como la recuperación del derecho a la negociación colectiva, que se nos ha hurtado en los últimos 7 años, la convocatoria de una Oferta de Empleo Público excepcional que permita reducir la precariedad, la recuperación del poder adquisitivo perdido así como otros derechos laborales, el impulso a la creación de empleo y la mejora de la calidad del mismo como garantía para la prestación de más y mejores servicios públicos, o la supresión de la normativa básica estatal que bloquea la consecución de acuerdos sobre empleo público a nivel autonómico y local.

La representación del Grupo Parlamentario Popular, encabezada por Ana María Madrazo y Susana López Ares, portavoz y vocal de la Comisión de Hacienda y Función Pública respectivamente, se han comprometido a estudiar las propuestas, incidiendo en que la situación económica actual está mejorando, y a mantener contactos periódicos para tratar estos temas. A su vez, han vinculado los acuerdos que se pudieran adoptar a la negociación del proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2017 y a los resultados de la próxima Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas.

En este sentido, han hecho referencia a la reunión que mantuvieron el lunes las organizaciones sindicales con la secretaria de Estado de Función Pública, Elena Collado, a la que se le trasladaron estas mismas reivindicaciones.

CCOO cierra con este encuentro una ronda de reuniones con todos los grupos parlamentarios, en las que han presentado la citada proposición de ley para la adaptación y mejora de las condiciones de empleo público a la normativa europea de trabajo por tiempo determinado, y de recuperación de la capacidad adquisitiva de las empleadas y empleados públicos para 2017.

lunes, 6 de febrero de 2017

1ª Reunión MECD y ANECA con los sindicatos para iniciar la negociación

La pasada semana se llevaron a cabo las primeras reuniones de los sindicatos con el MECD y ANECA para iniciar las negociaciones sobre los problemas del PDI universitario y las acreditaciones

Julio Serrano, Secretario de CCOO-Universidad
Por parte de los sindicatos, en la reunión de negociación con el MECD, estuvieron presentes los cuatro que están en la Mesa Sectorial de Universidades porque tienen más del 10% de representación estatal (CCOO, UGT y CSIF) o son "representativos" a nivel de su autonomía (CIG de Galicia).

Al terminar esa primera reunión se procedió a iniciar otra con ANECA, a la que se incorporaron Miguel Ángel Galindo (Director ANECA), Demetrio Castro (Coordinador de Evaluación de Profesorado) y Carlos Andradas (Rector de la UCM en representación de la CRUE).  En ambas reuniones la representación de CCOO estuvo encabezada por nuestro Secretario de Universidad Julio Serrano, que días antes también había participado en el Seminario Bienial de la Catedra Unesco de la UPM.

1. Reunión con el Ministerio de Educación Cultura y Deportes (MCED)
El MECD se mostró abierto a la constitución de la nueva Mesa de negociación de Universidad, algo que ha evitado durante los últimos años y respecto al Estatuto del PDI, también mostró su acuerdo para reiniciar su discusión partiendo de la última versión pactada con el anterior Gobierno (23 de mayo de 2011).

De momento solo tenemos buenas intenciones, así que habrá que ver como evolucionan las próximas reuniones para ver si realmente se logran avances importantes.

El MECD también insistió mucho en vincular las negociaciones a los trabajos de la subcomisión del Pacto Educativo creada en el Congreso sobre Estrategia Española para la Educación Superior [clic en la imagen de la izquierda para ampliar o en el enlace ubicado a continuación para descargar el texto en PDF]. 
2. Reunión con la ANECA
El objetivo de la reunión era aclarar el procedimiento trabajo de los grupos de discusión que se van a crear para revisar los criterios de la ANECA. Ahora mismo se están enviando las propuestas de personas para componer los grupos de trabajo y esperan tener un calendario de reuniones en breve.

El director de ANECA nos dice que:
La reuniones van a tener un carácter técnico y se deben centrar en los criteros.
No obstante, reconocen que algunos criterios podrían estar mejor definidos. Por ejemplo, los méritos “complementarios” que deberían ser “compensatorios”.
También reconocen que la terminología es mejorable.
Consideran que la parte importante a discutir es la referencia de la calificación B. La calificación A hace referencia a la excelencia o a la excepcionalidad. 
Además nos informan de que hay una “guía de interpretación” (no publicada) y que van a publicar toda la información.

Desde los sindicatos insistimos en que hay que modificar los criterios. En este sentido, proponemos firmar un acuerdo sobre el procedimiento de trabajo que nos garantice la modificación de los criterios en función de los acuerdos que se alcancen.
Todos los sindicatos resaltamos que hay criterios que faltan y que es necesario aclarar la terminología. Desde CCOO volvemos a insistir que deben publicar todos los criterios para obtener las diferentes calificaciones en cada una de las dimensiones y de forma legalmente correcta (“Orden o Resolución del director publicada en el BOE”). La existencia de criterios “no publicados” genera inseguridad jurídica.

Finalmente desde la ANECA insisten en que no van a ser inmovilistas y que están dispuestos a cambiar criterios, si así se considera. El objetivo de las comisiones de trabajo debe ser revisar los criterios y detectar distorsiones.