En estos días la Gerencia de la ULPGC ha remitido al Comité de Empresa del PAS laboral su propuesta para organizar y ordenar las convocatorias de concursos de traslado, acceso por promoción y la de estabilización para el personal temporal
En concreto, la primera documentación que se ha resuelto es sobre el concurso de traslado y hemos de decir que llega con demasiado retraso. Nunca entendimos la razón del Comité de Empresa para pedir que se retrasara hasta después del 31 de diciembre de 2022, pero tampoco encontramos ninguna razón que justifique este otro mes y medio de tardanza de la Gerencia, especialmente porque la situación de inestabilidad y precariedad es muy preocupante y sus efectos negativos se agravan con el tiempo.
En contraposición, vemos como el resto de universidades españolas ya lleva tiempo con las convocatorias en marcha y, en Canarias, la de La Laguna ya esta en proceso muy avanzado [ver resumen gráfico con el concurso de traslado publicado en octubre y ya resuelto, concurso-oposición restringidos de promoción en noviembre y estabilización en diciembre de acuerdo con lo previsto en el Convenio Colectivo].
En la ULPGC lamentablemente, además de tarde, la propuesta aprobada por el Comité de Empresa el pasado 24 de febrero está mal planteada, hasta el punto que ha provocado un posicionamiento cuestionable, por no decir irregular, con posturas muy divididas entre todos los sindicatos.
En cuestiones de esta índole, que repercuten de manera grave en la vida laboral y personal de las personas, es preciso ser responsables y extremar la precaución para que los procesos selectivos, tanto de traslados, como de promoción y estabilización, puedan desarrollarse de manera rápida y con garantías. Porque saltarnos las normas que lo regulan implica ocasionar perjuicios irreparables.
Por eso, excluir gran parte de las plazas del concurso de traslado, impidiendo al personal fijo optar a todos los puestos vacantes, contradice el Convenio colectivo, las normas reguladoras y la jurisprudencia del Tribunal Supremo. De manera que, de aplicarse esta exclusión, se abre la puerta a que cualquier reclamación judicial anule el proceso de traslados, repercutiendo luego en los que se desarrollarán sobre promoción y estabilización.
Ante este despropósito, hicimos constar en el Acta que “Para la Sección Sindical de CCOO la seguridad jurídica es muy importante, y esto pasa por cumplir lo que establece el Convenio Colectivo […] nuestra propuesta es que se convoquen todos los procedimientos de provisión de puestos en paralelo, al mismo tiempo, siguiendo el orden de prelación establecido en el mencionado artículo del Convenio Colectivo.” Tal como están haciendo todas las universidades.
El acuerdo del Comité de Empresa contradice el Convenio Colectivo. ¿qué clase de representantes tenemos en el Comité? ¿Están en el Comité para representarse a sí mismos? Solamente están negociando en función de sus intereses particulares, no en interés de todo el colectivo. Es decir, proponen que haya concurso de traslados y que pueda concursar el personal temporal, pero no incluyen las plazas vacantes que están ocupando. No comprenden que un concurso de traslados una vez adjudicada una plaza vacante, libera otra plaza de la misma categoría y especialidad
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