El MEI fue aprobado en la primera parte de la Reforma de las Pensiones y publicado en el BOE de 28 de diciembre de 2021. Supone un aumento de cotizaciones del 0,6% por contingencias comunes, repartido entre la empresa y el trabajador/a con la misma distribución que en las cotizaciones sociales. En concreto, el 0,5% de la aportación corre a cargo de la empresa y el 0,1% del trabajador o trabajadora. Ese 0,1% es la reducción que notaremos en el salario neto que la ULPGC nos ingresa por transferencia y que podemos ver en el recibo de la nómina.
En principio, este descuento en nómina estará vigente durante 10 años y es lo que ha permitido implantar la revisión anual según IPC de las pensiones. Eliminando los recortes existentes desde el Gobierno de Rajoy.
La equidad intergeneracional del nuevo mecanismo se basa en la constitución de una aportación al fondo de reserva de todas las cotizaciones sociales, frente a la disminución de la pensión futura creciente en el tiempo que hacía recaer la totalidad del impacto del Factor de Sostenibilidad sobre las futuras generaciones de pensionistas, sobre todo respecto a los más jóvenes.
En CCOO teníamos claro que el mecanismo no podía basarse en los recortes, sino en la mejora de la estructura de ingresos de la Seguridad Social. Es por ello por lo que hemos pactado una cotización adicional durante los próximos diez años del 0,6% de manera que todos esos recursos vayan a recomponer la caja de las pensiones, el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, que en la anterior crisis se vació.
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
El Mecanismo de Equidad Intergeneracional acordado en el seno del diálogo social sustituye al Factor de Sostenibilidad incluido en la reforma de 2013 y, a diferencia de aquel, será de aplicación temporal. Combina diversos elementos que permiten repartir de un modo equilibrado entre generaciones el esfuerzo para reforzar el sistema, evitando los recortes en la pensión inicial que suponía el anterior Factor de Sostenibilidad, especialmente entre los más jóvenes.
El MEI tendrá dos componentes. El primero consiste en la reactivación del Fondo de Reserva de la Seguridad Social mediante una aportación finalista entre 2023 y 2032. La aportación será de 0,6 puntos porcentuales de la cotización por contingencias comunes, repartido entre la empresa y el trabajador con la misma distribución que en las cotizaciones sociales y actuará como “válvula de seguridad” del sistema a partir de 2033, en el caso de que haya un desvío de la previsión de gasto en pensiones para 2050.
En el caso de que no se diera una desviación de la senda de gasto previsto, no se aplicará ninguna medida y se planteará la utilización de los recursos del fondo de reserva para reducir las cotizaciones sociales o mejorar la cuantía de las pensiones.
Si a partir de 2033 se apreciara en los Informes de Envejecimiento (Ageing Report) de la Comisión Europea una desviación de la previsión de gasto en pensiones a 2050 respecto al informe de 2024 (que se usará como referencia), se utilizará este Fondo, con un límite de disposición anual del 0,2% del Producto Interior Bruto (PIB). Si la disposición de activos del Fondo de Reserva no fuera suficiente, el Gobierno negociará con los interlocutores sociales para su elevación al Pacto de Toledo, de acuerdo con sus recomendaciones, una propuesta que, de forma equilibrada, se dirija bien a reducir el porcentaje de gasto en pensiones en términos de PIB, bien a incrementar el tipo de cotización u otras fórmulas alternativas para aumentar los ingresos.
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