El Consejo de Ministros celebrado el martes 1 de julio ha aprobado el abono del 0,5% pendiente de 2024 para las personas que trabajan en el empleo público.
El cumplimiento de este compromiso llega con 18 meses de retraso. El “Acuerdo para la Administración del Siglo XXI” firmado el 19 de octubre de 2022 contemplaba un incremento de hasta un máximo del 9,5 % de las retribuciones en tres años (2022-2024), la jornada laboral de 35 horas semanales, la obligación del cambio normativo para establecer Planes de Igualdad en todas las Administraciones Públicas y la derogación de los recortes introducidos durante el Gobierno del PP con el Real Decreto-ley 20/2012 de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad (prestaciones de la incapacidad temporal, permiso por asuntos particulares, vacaciones y días adicionales a los de libre disposición o de similar naturaleza, etc.).
La aplicación de este acuerdo ha supuesto incrementos salariales del 3,5%, los años 2023 y 2024 y del 2% en 2024, quedando pendiente de aplicación, hasta el día de hoy, un incremento adicional para 2024 de un 0,5% sobre las retribuciones de aplicación a 31 de diciembre de 2023 si la suma del IPC Armonizado de 2022 y 2023 (que se ha situado en el 12%) fuera superior al incremento salarial inicialmente previsto (un 8%). Este es el 0,5% de incremento salarial que ahora finalmente se reconoce.
El acuerdo se materializará en una de las próximas nóminas de las empleadas y empleados públicos a
través de una paga de atrasos. Este pago adicional incluirá los atrasos pendientes desde el 1 de enero de
2024 hasta la fecha actual. Y el 0,5% será consolidable, por lo que las próximas nóminas lo reflejarán de manera permanente, tal y como ha ocurrido en todas las subidas previas.
¿Y cuándo cobraré las cantidades correspondientes a este incremento?
El Acuerdo del Consejo de Ministros se ha reflejado en la Orden PJC/681/2025, de 1 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de julio de 2025, por el que se aprueba el incremento del 0,5 por ciento de las retribuciones del personal al servicio del sector público previsto en el artículo 6.2 del Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, publicada en el BOE de 2 de julio de 2025.
A partir de este momento se dan dos situaciones:
Para el personal que depende directamente de la AGE (Administración General del Estado), y tras la
publicación de la correspondiente resolución de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, por
la que se dictan instrucciones sobre el pago al personal del Sector Público Estatal del incremento retributivo complementario, se procederá al abono en las nóminas de las cantidades que correspondan.
Para el personal que depende, directa o indirectamente de las comunidades autónomas (como es el caso del personal de las universidades públicas), se deberá publicar en el boletín oficial de la respectiva comunidad el acuerdo o resolución que aplique dicho incremento en su ámbito territorial. A partir de ese momento, este incremento salarial se podrá reflejar en las nóminas de las personas trabajadoras afectadas.
En todo caso, CCOO señala que aún queda pendiente de cumplir una parte importante del Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI. Estos incumplimientos son, entre otros, la jubilación parcial, la jornada de 35 horas en todas las administraciones públicas, la clasificación profesional o la mejora de las retribuciones de 2025.
<= Concentración de protesta de CCOO ante la sede del Ministerio de Hacienda en Madrid en abril de 2025.
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